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Normativa02-08-20268 min de lectura

Cómo denunciar acoso laboral con la Ley Karin: paso a paso

Guía paso a paso para denunciar acoso laboral en Chile bajo la Ley Karin: dónde presentar la denuncia, qué debe contener, plazos y medidas de resguardo.

ley karin como denunciardenuncia acoso laboralinspección del trabajoley 21643Chile

Aviso legal

La información de este artículo tiene fines informativos y educativos. No constituye asesoría legal ni reemplaza la consulta con un profesional especializado en prevención de riesgos laborales o derecho del trabajo. Verifica siempre la normativa vigente con las fuentes oficiales.

Antes de denunciar: qué protege la Ley Karin

La Ley 21.643 permite denunciar tres situaciones distintas: acoso laboral (hostigamiento o agresión que produce menoscabo o afecta tu situación laboral), acoso sexual (requerimientos de carácter sexual no consentidos) y violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la empresa, como clientes o usuarios. Desde agosto de 2024 basta un solo hecho grave: ya no se exige que la conducta sea reiterada.

Paso 1: decide dónde presentar la denuncia

Tienes dos vías, ambas igualmente válidas y puedes elegir libremente entre ellas. La primera es denunciar ante tu empleador, usando el canal que define el protocolo interno de la empresa. La segunda es denunciar directamente ante la Inspección del Trabajo de tu comuna, sin pasar por la empresa. Esta segunda opción suele preferirse cuando la persona denunciada es la jefatura directa o el propio empleador.

Paso 2: presenta la denuncia por escrito (o exige que quede por escrito)

La denuncia puede ser verbal o escrita. Si la haces de forma verbal, el empleador o la Inspección están obligados a levantar de inmediato un acta escrita que debes firmar y de la que debes recibir copia. Siempre pide copia: es tu respaldo de la fecha de presentación, que activa todos los plazos legales.

  • Tus datos completos y tu cargo en la empresa.
  • Identificación de la persona o personas denunciadas y su relación jerárquica contigo.
  • Relato de los hechos: qué ocurrió, cuándo, dónde y con qué frecuencia.
  • Nombre de posibles testigos presenciales.
  • Enumeración de los medios de prueba que acompañas (correos, mensajes, licencias médicas).
  • Fecha y firma.

Paso 3: exige las medidas de resguardo inmediatas

Este es el punto que más se incumple. Presentada la denuncia, el empleador debe adoptar medidas de resguardo de forma inmediata, sin esperar el resultado de la investigación. Pueden consistir en separación de espacios físicos, redistribución del tiempo de jornada, cambio de turno o de lugar de trabajo de la persona denunciada, y derivación a atención psicológica temprana a través de tu mutualidad.

Paso 4: conoce los plazos que corren desde tu denuncia

  • 3 días hábiles: el empleador debe iniciar la investigación o derivarla a la Inspección del Trabajo.
  • 30 días: plazo máximo para concluir la investigación.
  • 2 días hábiles: para remitir el informe con las conclusiones a la Dirección del Trabajo.
  • 30 días: la Dirección del Trabajo se pronuncia sobre el informe.
  • 15 días corridos: el empleador debe aplicar las medidas o sanciones desde que se le notifica el pronunciamiento.

Paso 5: qué hacer si la empresa no cumple

Si vence el plazo de 3 días hábiles y no se inicia la investigación, o si vencen los 30 días sin conclusiones, puedes concurrir a la Inspección del Trabajo con tu copia de la denuncia. La Inspección puede asumir la investigación y cursar multas a la empresa. Si la situación se hizo insostenible, también existe la vía del despido indirecto y la demanda de tutela laboral, para lo cual conviene asesoría de un abogado laboral.

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Si eres el empleador que recibe la denuncia

Recibir una denuncia no es una acusación contra la empresa: la ley evalúa cómo reaccionas. Deja constancia escrita el mismo día, aplica medidas de resguardo de inmediato, designa a una persona investigadora capacitada e imparcial, y documenta cada paso. La mayoría de las multas no se cursan por el hecho denunciado, sino por no haber seguido el procedimiento dentro de plazo.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo denunciar acoso laboral de forma anónima?

La denuncia bajo la Ley Karin no es anónima: debe identificar a la persona denunciante para poder aplicarle medidas de resguardo y darle seguimiento. Sin embargo, el procedimiento es confidencial y el empleador está obligado a proteger la identidad de quien denuncia frente al resto del personal.

¿Me pueden despedir por denunciar acoso laboral?

No. El despido motivado por una denuncia de acoso puede ser impugnado mediante el procedimiento de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, con indemnizaciones adicionales para el trabajador.

¿Qué pasa si la empresa no investiga mi denuncia?

Si el empleador no inicia la investigación dentro de 3 días hábiles ni la deriva, puedes acudir directamente a la Inspección del Trabajo, que puede asumir la investigación y multar a la empresa por el incumplimiento.